Datos al 24 de septiembre de 2026. Este artículo es informativo y no constituye asesoría fiscal personalizada. La fuente oficial es el comunicado No. 71 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) del 8 de septiembre de 2026; los detalles de la propuesta sobre RESICO provienen de KPMG México, IDC, Ritch Mueller y Excélsior, porque no pudimos abrir el texto completo de la iniciativa.
Si eres freelancer, creador de contenido o vendes por internet y tributas en el Régimen Simplificado de Confianza, este mes tiene una noticia que te toca de cerca: la propuesta de RESICO 2027 que Hacienda entregó al Congreso. Se trata de una propuesta, no de una ley vigente, y esa diferencia es lo más importante de todo este artículo.
Te explicamos qué dice la fuente oficial, qué propone el paquete para personas físicas, qué ya está en vigor desde 2026 para quienes cobran por plataformas digitales y qué puedes hacer esta semana sin adelantarte a algo que aún no se aprueba. Y como el tema es fiscal, al final te decimos cuándo conviene que lo veas con un contador.
Lo esencial en 30 segundos
- El 8 de septiembre de 2026, la SHCP entregó el Paquete Económico 2027 al Congreso y afirmó que los ingresos tributarios llegarán a 15.9% del PIB sin crear nuevos impuestos.
- Según KPMG, IDC y Ritch Mueller, la iniciativa propone subir el límite de ingresos anuales de RESICO para personas físicas de 3.5 a 5 millones de pesos.
- De acuerdo con IDC y KPMG, también se plantea una opción de IVA con tasa de 7% sobre lo efectivamente cobrado, sin derecho a acreditar el IVA que te trasladan.
- Todo esto es una propuesta: necesita aprobación del Congreso y publicación en el Diario Oficial de la Federación. KPMG indica que, de aprobarse, aplicaría desde el 1 de enero de 2027.
- Para quienes reciben pagos por plataformas, las retenciones de ISR e IVA vigentes desde 2026 se mantendrían, según KPMG.
La idea central: hoy nada cambia en tus obligaciones por esta propuesta; lo útil es conocerla, medir tus ingresos y hablar con tu contador antes de que termine el año.

Qué dice la fuente oficial
El comunicado No. 71 de la SHCP, fechado el 8 de septiembre de 2026, informa que se entregó el Paquete Económico 2027 al H. Congreso de la Unión. En él, Hacienda señala que los ingresos tributarios alcanzarán un máximo histórico de 15.9% del PIB, apoyados en una mayor eficiencia recaudatoria y en el combate a la evasión, la elusión y las empresas que facturan operaciones simuladas, y que esto se lograría sin crear nuevos impuestos.
Fíjate en un detalle: en la parte del comunicado que pudimos revisar no se detallan las medidas específicas para RESICO ni para plataformas digitales. Esos detalles vienen de la iniciativa de reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley de Ingresos, que analizaron despachos y medios especializados. Por eso, en las siguientes secciones atribuimos cada dato a quien lo reporta.
RESICO 2027: qué se propone para personas físicas
Un límite de ingresos más alto
KPMG México, IDC y Ritch Mueller coinciden en que la iniciativa plantea elevar de 3.5 a 5 millones de pesos el ingreso anual máximo para que una persona física tribute en RESICO. Ritch Mueller precisa que la propuesta se presentó el 8 de septiembre de 2026 como parte del Paquete Económico 2027. IDC explica el efecto práctico: quienes crecen podrían permanecer más tiempo en este régimen simplificado.
Excélsior reporta además que el paquete contempla ampliar el régimen para personas morales hasta 50 millones de pesos, algo que a un freelancer individual no le aplica directamente, pero que ayuda a entender que la apuesta es ampliar el régimen.
Regreso al régimen
Según KPMG, quienes salgan de RESICO podrían volver al año fiscal siguiente si están al corriente en sus obligaciones y se mantienen por debajo del límite. IDC agrega una propuesta relevante: dar carácter definitivo a los pagos realizados durante los meses en que el contribuyente estuvo en RESICO, para evitar revisiones retroactivas al salir del régimen. Como es una propuesta, el texto final puede cambiar.
Una opción de IVA de 7%
De acuerdo con IDC, las personas físicas en RESICO podrían optar por pagar IVA de forma mensual con una tasa reducida de 7% sobre los ingresos efectivamente cobrados. Quien elija esa opción seguiría cobrando el IVA con la tasa general a sus clientes, pero no podría acreditar el IVA de sus gastos, solo aplicar las retenciones que le hayan hecho. KPMG coincide en que no se podría acreditar el IVA y Excélsior menciona el 7% como opcional.
Observación editorial: esta opción puede convenir o no según cuántos gastos con IVA tengas. Un freelancer con pocos gastos deducibles podría verla distinto que alguien con mucho equipo o servicios contratados. Esa cuenta no la hacemos aquí; es exactamente lo que tu contador puede calcular con tus números.
Qué ya está vigente para quienes cobran por plataformas digitales
Aquí conviene separar lo que ya existe de lo que se propone. Según Facturando, desde 2026 la retención de ISR a personas físicas por venta de bienes y prestación de servicios a través de plataformas es de 2.5% (artículo 113-A, fracción III de la Ley del ISR), y Gigstack precisa que subió desde 1% con la reforma vigente desde el 1 de enero de 2026. La Silla Rota reporta que la retención de IVA en 2026 es de 8%. Gigstack ubica la publicación de la reforma en el Diario Oficial el 7 de noviembre de 2025. Estos datos vienen de medios secundarios; recomendamos contrastarlos con el texto de la Ley del ISR (artículos 113-A y siguientes) y con el portal del SAT.
Sobre el Paquete 2027, KPMG señala que se mantienen las retenciones de ISR e IVA en plataformas digitales que ya existen desde 2026, sin modificaciones adicionales detalladas. Facturando agrega dos puntos: una aclaración para que trabajadores reconocidos como subordinados bajo la Ley Federal del Trabajo no pasen automáticamente a ser asalariados para efectos fiscales, y la obligación de que las plataformas informen al SAT sobre los usuarios a quienes retienen. La Silla Rota reporta ajustes a las reglas de retención de IVA para residentes en el extranjero y para personas morales.
Ojo con las cifras antiguas. Hemos visto notas publicadas este año que todavía repiten una retención de 1% y un tope de 300 mil pesos anuales para la retención definitiva, cifras que no coinciden con lo que reportan Facturando y Gigstack para 2026. Si ves esos datos en un video o artículo, revisa la fecha y contrástalos con fuentes oficiales o con tu contador antes de tomar decisiones.
Quién podría verse afectado
- Freelancers en RESICO cerca del límite actual. Si tus ingresos rondan los 3.5 millones, la propuesta podría darte más margen. Si estás muy lejos, probablemente no te cambie nada.
- Creadores que cobran a través de plataformas. Las retenciones vigentes se mantendrían, según KPMG. Qué régimen y qué retenciones te corresponden depende de cómo y por dónde recibes tus ingresos.
- Quienes vendieron o prestaron servicios y facturan a clientes. La opción de IVA a 7%, si se aprueba, cambiaría cómo calculas ese impuesto.
- Quienes están fuera de RESICO por haber superado el límite. La posibilidad de regresar podría ser relevante, pero depende del texto final.
Cómo sigue el proceso
IDC resume el camino: la iniciativa requiere la aprobación del Congreso, su publicación en el Diario Oficial de la Federación y, en su caso, reglas administrativas del SAT antes de aplicarse. Como observación editorial, el año pasado la reforma fiscal para 2026 se publicó en el Diario Oficial el 7 de noviembre de 2025 según Gigstack, lo que sugiere que las definiciones suelen llegar entre octubre y noviembre; no es una garantía para este año. Mientras tanto, los artículos de la Ley y las reglas actuales siguen vigentes.
Qué puedes hacer esta semana
- Suma tus ingresos del año. Junta lo cobrado de enero a septiembre de 2026, incluyendo depósitos de plataformas y transferencias de clientes, y estima cómo cerrarás el año.
- Revisa tu régimen actual. Confirma en tu constancia de situación fiscal en qué régimen estás inscrito. Si tienes dudas, no adivines.
- Ordena tus comprobantes. Separa facturas emitidas, facturas recibidas y constancias de retención de las plataformas.
- Anota tus gastos con IVA. Te servirán para comparar, con ayuda profesional, si una opción de IVA reducido te conviene si se aprueba.
- Agenda una llamada con tu contador. Pregúntale cómo te afectaría la propuesta con tus números y qué conviene hacer antes de que cierre el año.
- Sigue la fuente oficial. Revisa el comunicado de la SHCP y, cuando se publiquen, los decretos en el Diario Oficial de la Federación.
Errores comunes y qué cuidar
- Tratar una propuesta como ley. Hasta que se apruebe y se publique, no cambia nada.
- Confiar en cifras sin fecha. En materia fiscal, una tasa de hace un año puede estar desactualizada.
- Cambiar tu forma de facturar por rumores. Pregunta antes de mover algo que puede traerte requerimientos.
- Mezclar dinero personal y del negocio. Una cuenta separada facilita tus cuentas y tus declaraciones. Es una recomendación nuestra de orden, no una obligación que hayamos verificado.
- Dejarlo para diciembre. Las decisiones fiscales funcionan mejor con tiempo.
Si trabajas con clientes
Si facturas a empresas, avísales con calma que estás pendiente del tema y que, por ahora, tu forma de facturar no cambia. Recomendación nuestra: revisa con tu contador cómo aparece el IVA en tus cotizaciones y contratos, por si al final se aprueba algún ajuste. Y si tienes clientes en el extranjero, pregunta específicamente a tu contador cómo se trata cada caso, porque los medios reportan reglas particulares para pagos desde el exterior.
Preguntas frecuentes
¿Ya puedo declarar en RESICO con hasta 5 millones de pesos?
No. Es una propuesta del Paquete Económico 2027. Según IDC, requiere aprobación del Congreso y publicación en el Diario Oficial antes de aplicarse; KPMG indica que, de aprobarse, aplicaría desde el 1 de enero de 2027.
¿Hacienda creará nuevos impuestos para 2027?
De acuerdo con el comunicado No. 71 de la SHCP, los ingresos tributarios llegarán a 15.9% del PIB sin crear nuevos impuestos, con apoyo en mejor recaudación y combate a la evasión.
¿Cambian las retenciones de las plataformas digitales?
Según KPMG, la propuesta mantiene las retenciones de ISR e IVA en plataformas digitales vigentes desde 2026, sin nuevas modificaciones detalladas. Facturando y La Silla Rota reportan ajustes puntuales en otros aspectos, como la información que reportan las plataformas y las reglas para personas morales y residentes en el extranjero.
¿Me conviene el IVA de 7% si se aprueba?
Depende de tus ingresos y de cuánto IVA acreditas hoy por tus gastos, ya que en esa opción no se podría acreditar. Es una cuenta personalizada que debe hacer tu contador; este artículo no da asesoría personalizada.
Para cerrar
La propuesta de RESICO 2027 puede ser una buena noticia para quienes están creciendo, pero todavía es un borrador en manos del Congreso. Lo más valioso que puedes hacer hoy no es correr a cambiar nada, sino entender tus números, ordenar tus comprobantes y llegar informado a la conversación con tu contador. Tu chamba creativa merece una base fiscal ordenada. Un paso a la vez, y con información confiable.
Aviso: este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un contador público o un abogado fiscalista. Cada situación es distinta; consulta a tu contador antes de tomar decisiones.
— Redacción Agencia Advest
Fuentes
- SHCP (gob.mx): Comunicado No. 71, entrega del Paquete Económico 2027 al H. Congreso de la Unión
- KPMG México: Flash | Paquete económico 2027
- IDC: Propuesta RESICO-PF 2027, límite de $5 millones y nuevo IVA
- Ritch Mueller: Newsflash, Paquete Económico 2027
- Excélsior: Paquete económico 2027, Hacienda proyecta una recaudación del 15.9% del PIB
- Facturando: Plataformas digitales 2027, ISR, IVA y retenciones fiscales
- La Silla Rota: Hacienda endurecerá cobro de IVA a través de plataformas digitales
- Gigstack: Reforma Fiscal 2026 para Plataformas Digitales
